¿Qué requisitos debes tener en cuenta a la hora de contratar el suministro de luz?
Cuando hablamos de contratar la luz se puede tratar de un primer contrato, de un cambio de compañía o incluso de una reactivación de suministro.
👉Te contamos qué debes tener en cuenta en cada caso:
🔷 Caso 1: Contratar la luz por primera vez
¿Vas a estrenar vivienda? ¡Felicitaciones! Es momento de empezar de cero y de hacerlo con buen pie. Es por eso que queremos dejarte esta lista de requerimientos para tu primer contrato de luz.
Ya sea un piso o una vivienda unifamiliar, vamos a partir de que tu nuevo hogar ya tiene una instalación eléctrica. De lo contrario, necesitarías primero dar el alta de suministro (hacer la instalación y habilitarla para su uso).
Cuando se trata de un primer contrato, tienes que:
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Elegir una comercializadora
¿Quieres contratar la luz con el mercado libre o con el mercado regulado? De esto dependerá que, por ejemplo, puedas acceder a ayudas del Gobierno, como el Bono Social Eléctrico (que solo se tramita a través de las comercializadoras de referencia).
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Seleccionar un plan o tarifa
Una vez superado el desafío de escoger el tipo de mercado que quieras que te venda el suministro eléctrico, el próximo paso es elegir la tarifa que mejor se ajuste a las necesidades energéticas de tu vivienda y a tus hábitos de consumo.
Ten en cuenta que hay tarifas con precios estables y con precios variables. Las hay con y sin cláusula de permanencia, con servicios técnicos, de gestión 100 % o con atención en oficinas, que solo venden luz de origen renovable y las que proporcionan energía de origen fósil.
¡Es que la oferta del mercado libre español es inmensa! Las opciones del mercado regulado son más reducidas.
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Suministrar datos personales a la comercializadora
El titular del contrato es el responsable de suministrar a la comercializadora sus datos personales para que el contrato pueda llevarse a acabo.
Siendo a su vez, el único responsable de honrar los compromisos económicos adquiridos con la comercializadora y con la distribuidora eléctrica (esta cobra sus cargos a través de nuestras facturas de la luz).
Es, además, quien puede tomar decisiones sobre cambios de tarifas o de potencia, bajas del suministro, etc.
Los datos que se deben suministrar a la comercializadora son:
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- Nombre, apellidos y DNI.
- Teléfono y correo electrónico.
- Datos bancarios (la mayoría de las comercializadoras hacen sus cobros por domiciliación bancaria).
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Proporcionar datos completos del punto de suministro
Con esto nos referimos a la dirección exacta de tu vivienda, al Código Universal de Punto de Suministro (CUPS) y al Certificado de Instalación Eléctrica (que es lo mismo que el Boletín Eléctrico).
Si no sabes cuál es tu CUPS eléctrico puedes verificar el contador, se trata de una combinación alfanumérica de 20 o 22 dígitos y comienza por ES.
Otra posibilidad es que la comercializadora te indique cuál es la responsable de tu zona geográfica para que te comuniques con ellos y te faciliten el CUPS.
Vivienda de primera ocupación
Si se trata de una vivienda de primera ocupación también tendrás que presentar la Cédula de Habitabilidad o la Licencia de Ocupación, según corresponda.
Hay Comunidades Autónomas en las que la Cédula de Habitabilidad es obligatoria tanto en primera como en segunda ocupación. Sin embargo, pueden pedir la Licencia de Ocupación, que contiene las informaciones recogidas en la Cédula de Habitabilidad.
Tras la verificación y aprobación de estas informaciones, la comercializadora que hayas seleccionado ya podrá hacer los trámites para empezar a proveerte el suministro eléctrico.
🔷 Caso 2: Cambio de compañía eléctrica
Al cambiar de compañía eléctrica estás anulando el contrato con la compañía que te venía prestando el suministro.
Esto significa que deberás implicarte en un nuevo contrato, regido por las condiciones de la nueva empresa y de la tarifa que vayas a elegir. Es por eso que debes presentar:
- Datos del titular del suministro: nombre, apellidos, DNI, teléfono y correo electrónico.
- Dirección del punto de suministro.
- Código CUPS.
- Datos bancarios del titular.
🔷 Caso 3: Contratar la luz luego de una baja
Si tu vivienda tiene menos de 3 años con el servicio eléctrico de baja, te pedirán los mismos requisitos que para un cambio de compañía. Ahora bien, si el servicio tiene más de 3 años con el servicio de baja, es posible que además soliciten una inspección a instalación eléctrica.
Puedes conocer más sobre éste y otros temas en nuestro Blog, redes sociales y web Impulsa Energía.
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